← Ver todas las políticas

1. A quién aplica

Estas condiciones complementan los Términos generales cuando la cuenta tenga rol de Integrador o Integrador Externo. La modalidad Emisor corresponde a su operación fiscal autorizada y no habilita automáticamente la prestación comercial a empresas independientes.

2. Diferencia entre modalidades

Integrador: administra desde AFECR varias empresas emisoras independientes, sus sucursales, terminales y servicios habilitados. Integrador Externo: puede administrar los clientes fiscales de su plataforma SaaS, ERP, POS o producto de terceros desde su propia interfaz, usando la API fiscal AFECR como infraestructura. Las funciones particulares dependen del plan y scopes asignados.

Complementos: constituyen una familia de conectores administrados por AFECR para plataformas compatibles. Los nuevos addons, plugins y conectores anunciados como «en desarrollo» no deben venderse como prestaciones activas.

3. Marca propia y oferta al cliente final

El Integrador Externo autorizado puede comercializar su propia solución o servicio de integración fiscal bajo su nombre y fijar las tarifas que cobre a sus clientes por ese valor agregado. Esta autorización no transfiere la titularidad de AFECR ni implica una licencia para redistribuir el panel o revender claves, saldos o acceso independiente a la API como productos autónomos.

La reventa independiente de accesos, sublicencias, distribución de credenciales o capacidad a otros proveedores exige autorización comercial escrita. El integrador no debe afirmar que es el Ministerio de Hacienda, su representante ni que dispone de certificaciones fiscales no acreditadas.

4. Relación y atención al cliente final

El integrador debe explicar a sus clientes el precio y alcance de su servicio, emitir sus documentos comerciales cuando corresponda, atender la primera línea de soporte de su software y contar con habilitación suficiente del obligado tributario para configurar y gestionar su información fiscal. AFECR atiende al integrador por los canales y condiciones de soporte contratados; no sustituye las obligaciones comerciales propias del integrador frente a sus clientes.

5. Master Key y Keys hijas

La Master Key permite operaciones administrativas expresamente autorizadas de la integración SaaS y no se utiliza para emitir comprobantes. Cada cliente fiscal requiere una Key hija vinculada al ambiente y al contexto autorizado. Ambas deben permanecer en el backend seguro del integrador, sin incorporarse a páginas web públicas, aplicaciones cliente desprotegidas, archivos compartidos ni sistemas de IA.

El integrador debe mantener separadas la identidad comercial de su cliente, la empresa fiscal emisora, las sucursales, terminales, credenciales y permisos. Si una llave se compromete, debe suspender o rotar su acceso mediante el procedimiento disponible y comunicar el incidente oportunamente.

6. Credenciales fiscales y firma

El emisor es responsable de proporcionar datos y autorizaciones correctos. En modalidad de firma administrada, el integrador debe transmitir a AFECR credenciales y certificados mediante los canales autorizados sin registrarlos en trazas accesibles. En firma externa, la custodia y el firmado corresponden al integrador cuando esa función esté habilitada y certificada en su contrato.

Al cierre de esta edición, el flujo SaaS de firma externa XAdES-EPES requiere validaciones pendientes y no debe ofrecerse como habilitado sin confirmación contractual y técnica expresa.

7. Empresas, documentos y consumo

La cantidad de empresas, sucursales, terminales, documentos y eventos depende del plan y la capacidad de la cuenta. Las asignaciones a clientes reparten el saldo disponible; no crean documentos nuevos ni crédito ilimitado. El integrador debe controlar sus propios cupos y evitar habilitar la emisión si no tiene capacidad fiscal o comercial autorizada.

8. Datos y documentación

El integrador es responsable de explicar a sus clientes cómo obtiene y transmite los datos de receptores y emisores. AFECR procesa información para la prestación de sus servicios, conforme a la Política de privacidad y, cuando proceda, el acuerdo de tratamiento de datos que se formalice. Los obligados tributarios mantienen sus responsabilidades de conservación y respaldo de comprobantes.

9. Continuidad y salida

El integrador debe contemplar reintentos idempotentes, recepción de webhooks, consultas de recuperación y respaldo de comprobantes según el contrato vigente. Antes de terminar su servicio con un cliente final, debe acordar el mecanismo de entrega de la información y revocar las credenciales necesarias. La exportación, finalización y plazos se sujetan al contrato y a obligaciones legales aplicables.

10. Prevalencia contractual

La cotización, orden y acuerdo particular aceptados especifican habilitaciones, prestación de soporte, responsabilidades comerciales, duración y eventuales niveles de servicio. En caso de diferencia, las estipulaciones particulares válidas prevalecen para los aspectos expresamente acordados, sin excluir derechos imperativos establecidos por ley.

¿Necesita una aclaración?

Consulte las condiciones de su plan y utilice el canal formal de soporte y reclamos. Los derechos legales aplicables prevalecen sobre cualquier disposición incompatible.

Presentar una solicitud